Tal y como recoge la ley de presupuestos para el año 2009 la modificación de régimen especial agrario va a suponer cambios importantes, no sólo en la forma de realización de nóminas y seguros sociales, sino en el coste de los mismos.
Para entender todo este cambio lo primero que debemos saber es que el trabajador eventual agrario cuenta ajena va a cotizar de forma diferente en periodos de actividad y en periodos de inactividad.
En periodos de inactividad, cuando no está de alta en ninguna empresa, el trabajador va a pagar su sello normalmente. Con una base de cotización de 728,10 euros a un tipo de 11,5%, lo que supone un sello mensual de 83,76 euros. Esto supone una cantidad de 3,49 euros diarios.
En periodos de actividad las cuotas del trabajador las pagará la empresa a través de los modelos Tc/1/8 y la cantidad a pagar por este concepto es inferior ya que sobre una base de 804 euros mensuales se aplicará un tipo del 4,70% , lo que supone una cantidad diaria de 1,47 euros diarios, que el trabajador pagará a través de la empresa para la que trabaje cada día. Esta cantidad, junto con lo que debe parar por desempleo a cargo del trabajador supone que le debemos retener al trabajador en la nómina 2,11 euros diarios.
Cuando el trabajador no trabaja todo el mes, la Seguridad Social le hará un sello a medida dependiendo del número de jornadas que haya trabajado. Así los 83,76 euros se irán reduciendo hasta quedar en 0 euros si el trabajador realiza 24 jornadas en el mismo mes.
Así pues al trabajador le va a salir el sello más barato en los periodos en que esté trabajando que en los periodos en que no trabaje.
Por eso desde ASAJA GRANADA hacemos hincapié en la necesidad de retener a los trabajadores, hacer las nóminas correctamente con las retenciones justas, no solo va a suponer que paguemos únicamente lo que nos corresponde, sino que los trabajadores tendrán el justificante de haber pagado parte del sello de Seguridad Social.