PERIODOS HÁBILES PARA LA PRÁCTICA DE LA CAZA DURANTE LA TEMPORADA 2009/2010 SEGÚN ESPECIES
CAZA MENOR
CONEJO
Se podrá cazar el conejo desde el 12 de julio hasta el 6 de septiembre y desde el 11 de octubre hasta el 29 de noviembre de 2009. Se podrán utilizar perros a partir del 15 de agosto.
Los días hábiles serán: jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico. En aquellos terrenos donde existan daños habituales a la agricultura, el periodo hábil podrá ser ampliado hasta el 13 de diciembre de 2009, pudiéndose ampliarse a todos los días de la semana los días hábiles de caza en dicho periodo, siempre que se autorice expresamente en el correspondiente Plan Técnico de Caza.
MEDIA VEDA PARA CODORNIZ, TORTOLA, *PALOMAS Y CÓRVIDOS
Del 23 de agosto al 20 de septiembre de 2009
Los días hábiles serán: jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico.
*”Palomas cazables”: torcaz, zurita y bravía”
PALOMA TORCAZ
Del 11 de octubre de 2009 al 7 de febrero de 2010, con la salvedad de que, a partir del 1 de enero de 2010, sólo podrá cazarse desde puesto fijo.
Los días hábiles serán: todos los días de la semana
PERDIZ, LIEBRE Y RESTO DE ESPECIES DE CAZA MENOR INCLUIDO CONEJO
Del 11 de octubre de 2009 al 3 de enero de 2010
Los días hábiles serán todos los días de la semana
El periodo de la becada será desde el 18 de octubre de 2009 al 10 de enero de 2010.
Se podrán seguir corriendo liebres con galgos atraillados y cazando liebres con azor y águila harries hasta el 31 de enero de 2010.
Perdices, ánades reales, faisanes, paloma zurita y paloma bravía objeto de suelta en cotos intensivos y en escenarios de caza hasta el 28 de marzo.
Codornices objeto de suelta en escenarios de caza durante todo el año en cotos intensivos
AVES ACUÁTICAS
Del 11 de octubre hasta el 31 de enero de 2010
Los días hábiles serán: todos los días de la semana.
(SE PROHÍBE LA TENENCIA Y EL USO DE MUNICIONES QUE CONTENGAN PLOMO EN LAS ZONAS HÚMEDAS.)
ZORZAL Y ESTORNINO
Del 8 de noviembre de 2009 al 31 de enero de 2010.
Los días hábiles serán: jueves, sábados, domingos y festivos de carácter nacional y autonómico.
ZORRO
Del 11 de octubre de 2009 al 3 de enero de 2010.
Los días hábiles serán: todos los días de la semana.
Durante la práctica de la caza de cualquier especie cinegética, en las zonas, periodos y días hábiles establecidos en la Orden para las mismas y con sujeción a los cupos de capturas y modalidades aprobadas en los correspondientes Planes Técnicos de Caza, se podrá también cazar el zorro desde el inicio del período hábil de caza hasta el 28 de marzo.
PERDIZ ROJA CON RECLAMO
Para la Provincia de Granada serán hábiles todos los días de la semana, comprendidos en una de las tres opciones:
a) Del 7 de enero al 17 de febrero
b) Del 21 de enero al 3 de marzo
c) Del 18 de febrero al 31 de marzo
La fecha elegida deberá constar en el Plan de Técnico de Caza, El tercer periodo únicamente podrá ser concedido a aquellos aprovechamientos cinegéticos situados en terrenos que reúnan las características orográficas, climatológicas y de reproducción idóneas. Se mantiene la distancia mínima entre puestos a 250 metros. La distancia mínima desde el puesto a la linde cinegética será de 250 metros, salvo acuerdo expreso de las partes que permita reducirla.
CAZA MAYOR
El periodo hábil en terrenos sometidos a régimen especial o acotados y siempre que estén incluidos en el plan técnico de caza será:
CIERVO, GAMO, MUFLÓN, JABALÍ, ARGÜÍ Y CABRA MONTÉS
Se podrá cazar todos los días de la semana desde 17 DE OCTUBRE de 2009 AL 14 DE FEBRERO de 2010
(PARA LA CAZA SELECTIVA Y A RECECHO, SE ESTARA A LO PREVISTO EN EL PLAN TÉCNICO DE CAZA)
CORZO
Se podrá cazar todos los días de la semana desde el 10 de julio al 15 de agosto de 2009 y del 5 de marzo al 15 de abril de 2010.
Las batidas podrán realizarse en los cotos que las tengan aprobadas en sus Planes Técnicos de Caza únicamente del 5 de marzo al 5 de abril de 2010.
Aquellos cotos que pudiendo realizar batidas renuncien a ellas podrán solicitar prórroga para la caza a rececho hasta el 25 de mayo de 2010.
EN TERRENOS NO CINEGÉTICOS (LIBRES) ESTÁ PROHIBIDA LA CAZA